La Cámara de Diputados aprobó reformar el Código Penal Federal para que al servidor público que encubra a un pederasta se le aplique la destitución e inhabilitación para desempeñar cualquier empleo, cargo o comisión hasta por la mitad del tiempo de la pena de prisión impuesta al autor del delito. Además, que dicha sanción sea imprescriptible.
El dictamen que reforma el artículo 205 Bis y adiciona el 209 Bis 1, fue aprobado con 411 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones y se remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
El documento señala que incurrir en el encubrimiento de una conducta antijurídica como la pederastia no sólo actúa en detrimento del propio servicio público, sino también de los derechos de las niñas, niños y adolescentes cuyo sano esparcimiento es transgredido por sus agresores. Por ello, quien encubra tal conducta no puede volver a ser parte de las actividades formales del Estado.
Refiere que, de acuerdo con la Encuesta de Cohesión Social para la Prevención de la Violencia y la Delincuencia 2014 del Inegi, el delito de violación dañó a mil 764 niñas, niños y adolescentes por cada cien mil menores de 12 a 17 años; mientras que los tocamientos ofensivos y manoseos llegaron a cinco mil 89 casos por cada cien mil menores.