La Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Copriscam), pondrá a disposición de la Fiscalía General del Estado (FGE), a quienes vendan bebidas alcohólicas en cualquier tipo de establecimiento o bien en domicilios particulares, pues constituye un delito que amerita sanción de prisión de uno a cuatro años, multa de 40 a 500 salarios y decomiso del producto.
Santiago Rodríguez Adam, Comisionado en Campeche, recordó el domingo 5 de abril entró en vigor la disposición de no venta ni consumo de bebidas alcohólicas en cualquiera de sus graduaciones en todos los establecimientos mercantiles, como parte de las acciones para preservar la salud de la población y evitar la propagación del Covid-19 y exhorta a la población a cumplir con ella.
Agrega que la venta ilícita de bebidas alcohólicas en casa-habitación o en cualquier otro lugar, sin contar con licencia o permiso respectivo, “constituye un delito que amerita sanción de prisión de uno a cuatro años, una multa de cuarenta a quinientos salarios y el decomiso de las bebidas alcohólicas” y advierte igual sanción es aplicable a los titulares de licencias o permisos para la venta de bebidas alcohólicas o quienes en forma clandestina, vendan.
Quien no cumpla con lo establecido, se pondrá a disposición de la Fiscalía General del Estado.