El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) otorgará licencia hasta por 364 días, al padre o la madre de familia que tenga un descendiente con problema de cáncer, previa solicitud, que se pagará como incapacidad laboral del trabajador, informó Francisco Rodríguez Ruiz, jefe de Prestaciones Médicas de la institución, quien agregó solo se otorgará a uno de los dos si se diera el caso de que ambos pertenecieran a la plantilla laboral del IMSS.
Agregó que la licencia dependerá de que el médico tratante del niño determine qué el menor amerita el cuidado paterno o materno, y también determinará cuántos días deberá otorgarse la licencia por incapacidad, que es el término que se utilizará.
-La modificación de Ley se hace en el artículo 140 de la Ley del Seguro Social, que hoy es un apartado 140 Bis, y que será una licencia para el cuidado de sus hijos. Se le pagará como una enfermedad, con el 60 por ciento de su salario.
Dijo también hay ciertos lineamientos a seguir: que el niño tenga menos de seis años, que amerite el cuidado y el médico determinará por cuánto tiempo; para tener derecho al subsidio, el trabajador tendrá que haber cotizado al menos 30 semanas hasta antes del diagnóstico o, 52 semanas antes del inicio del periodo de incapacidad o licencia que se otorga.
Puntualizó el periodo máximo es de 364 días en un periodo de tres años, de manera continua o discontinua. Indicó esta Ley está en vigor desde la semana pasada.
Finalmente, a pregunta expresa de si alguna empresa no otorgara este beneficio, afirmó categórico ningún patrón puede despedir a algún trabajador cuando está incapacitado o tiene una licencia por incapacidad, lo que está prohibido por Ley.