La Fiscalía sentenció a A.M.Q y/o A.R.C. y/o E.R.C. y/o M. y/o A.R.C., a 15 años de prisión y un tratamiento en semi libertad de siete meses con 15 días; multa de cuatro mil 603 pesos y la cantidad de un millón 622 mil 806 pesos por concepto de pago de reparación del daño moral, en agravio de una persona que falleció por disparo de arma de fuego.
Los hechos se suscitaron entre las 17:30 y 18:00 horas del 11 de mayo del 2013, en la localidad de Abelardo L. Rodríguez conocido como el Jobal, Carmen, cuando la víctima se encontraba sentado sobre una motocicleta marca Italika, color roja, placa de circulación 00A80TP del estado y consumía bebidas embriagantes en compañía de A.M.Q y/o A.R.C. y/o E.R.C. y/o M. y/o A.R.C.
Cabe señalar que en ese momento llegó un conocido, por lo que la víctima lo invitó a tomar una cerveza, invitación que aceptó la persona, acercándose a un metro de distancia de él.
Es así que cuando la víctima se inclinó para agarrar el vaso de cerveza que estaba en el suelo y al incorporarse, A.M.Q y/o A.R.C. y/o E.R.C. y/o M. y/o A.R.C., quien estaba detrás de él y con una escopeta le disparó en la cabeza, privándolo de la vida.
El homicida abordó la motocicleta del occiso y se dio a la fuga. Posteriormente, familiares del finado interpusieron formal querella ante el Ministerio Público.
En este sentido el representante social llevó a cabo las diligencias legales, consignado el expediente sin detenido al Juez que conoce la causa penal, quien libró la orden de aprehensión, mandamiento judicial al que se le dio cumplimiento, posteriormente le fue dictado el auto de formal prisión y la sentencia condenatoria.