La Procuraduría Federal para la Defensa del Consumidor (Profeco) no tiene que notificar a los empresarios para aplicar las normas existentes sobre el uso de bebidas energetizantes para combinar con bebidas alcohólicas, basta con que se haya publicado en el Diario Oficial de la Federación, manifestó Pedro R. de la Gala, vocero de la dependencia federal, quien indicó que el pasado 7 de octubre se publicó en ese medio oficial.
De acuerdo con la información proporcionada, los dueños de bares y “antros”, así como de todo aquel establecimiento que expende bebidas embriagantes, tiene la obligación de estar informado sobre las Normas que se publiquen y que están relacionadas directamente con la actividad que realizan.
Indicó que es el caso del uso de bebidas energetizantes para mezclarlas con bebidas alcohólicas, pues representan un riesgo para la salud de los consumidores.
Asimismo, en la publicación de la Cofepris, indica que “continuará con las acciones de vigilancia sanitaria y realizará seguimiento de productos, e impondrá las medidas de suspensión de actividades de manera inmediata así como multas que pueden ser superiores al millón de pesos, ya que representan un riesgo para la salud de la población.
Igualmente, en caso de detectar publicidad de estos productos en cualquier formato, se iniciarán los procedimientos de sanción administrativa que correspondan”.
Finalmente, la Profeco indicó que continuará con los operativos de inspección “sorpresa”, de forma aleatoria.