Para preservar la salud de la población, en contención al COVID-19, la Comisión para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Copriscam), informa la decisión de la Junta Reguladora de suspender la venta y consumo de bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones en los establecimientos mercantiles a partir del jueves 25 de junio del 2020.
El titular del Organismo, Santiago Rubén Rodríguez Adam informó que la medida de mitigación es preventiva y temporal, y contempla en su caso, contribuir al control de movilidad; por lo que quedan sin efecto las disposiciones emitidas el 5 y 20 de junio de 2020.
Esta nueva disposición es con fundamento en lo establecido en los artículos 8º fracción XII y 18 de la Ley para la Venta Ordenada y Consumo Responsable de Bebidas Alcohólicas del Estado de Campeche, el Poder Ejecutivo del Estado, por conducto de la Junta Reguladora para la Venta Ordenada y Consumo Responsable de Bebidas Alcohólicas del Estado de Campeche.
Todos los establecimientos señalados en el artículo 4 de la Ley para la Venta Ordenada y Consumo Responsable de Bebidas Alcohólicas del Estado de Campeche, deberán cumplir con la prohibición ordenada, en caso contrario, serán acreedores a las sanciones establecidas en los artículos 63 inciso a), fracción VII y IX, e inciso b), fracción IV; 92, fracción I, inciso i); artículo 94 y demás relativos aplicables de le Ley en cita.
Estos establecimientos son: Minisúper, Supermercado, Lonchería y Coctelería, Restaurante, Minisúper Local, Tienda de Abarrotes, y Tienda de Conveniencia, que por las características de sus giros expendan adicionalmente otro tipo de productos, podrán continuar con sus actividades, siempre que no vendan, suministren, y permitan el consumo de bebidas alcohólicas.
Además deben implementar las medidas de sana distancia mínima de 1.5 metros entre las personas, dentro y fuera de los establecimientos mercantiles, un control de acceso restringido, así como garantizar la disponibilidad de agua y jabón para el lavado de manos o gel a base de alcohol al 70%, y verificar el uso obligatorio de cubrebocas, a fin de reducir cualquier tipo de hacinamiento de personas adentro y afuera de los establecimientos mercantiles, mantener la seguridad en la salud de la población y garantizar el orden público.