Diputados aprueban reformas al Código Penal del Estado en sus artículos 307 bis, 194, 218 y 219, con lo que se imponen mayores penas corporales y sanciones monetarias a quien siendo servidor público entregue, difunda o revele, entre otros, información de una carpeta de investigación; cinco de prisión a quienes cometan robo simple y, de seis a cuatro años de prisión a quien, a sabiendas, reciba un bien robado.
Lo anterior en la sesión de este jueves, en la que, de manera unánime, los 35 diputados de la LXIV Legislatura respaldaron los dictámenes de estas iniciativas.
Por lo que respecta al artículo 307 bis, se impondrán de 4 a 10 años de prisión y multa de 150 UMA’s al servidor público que divulgue, comparta, exponga, distribuya o videograve, entre otras, información que obre en carpeta de investigación o en un proceso penal, y que por disposición de Ley o resolución judicial, sean reservados o confidenciales.
En el caso del artículo 194 de dicho Código, aumenta de uno a cinco años de prisión cuando se cometa el delito de robo simple en edificio, vivienda, establecimientos destinados a actividades comerciales, ya sea fijos o móviles y a quien se apodere de un vehículo estacionado.
Por último, en el numeral 218, de seis meses a cuatro años de prisión y multa de 150 UMA’s a quien a sabiendas de la comisión de un delito, adquiera o compre un bien robado; artículo 219, de dos a cuatro años de prisión y multa de 180 UMA’s, en el caso de embarcaciones, motores marinos o redes.
Esta sanción aumentará hasta en una mitad si el infractor es servidor público, y se le inhabilitará para desempeñar cualquier empleo, cargo o comisión públicos por un periodo similar al de la privación de libertad impuesta.