En Veracruz quedó tipificado como un delito que en los cibercafés menores de edad puedan tener acceso a páginas pornográficas, por lo que se castigará con seis meses a 5 años de prisión y multa de hasta 200 días de salario.
El pleno del Congreso del Estado aprobó la reforma al artículo 290 del Código Penal para sancionar a quienes permitan que los menores de 18 años de edad consulten pornografía a través de internet, en centros de renta pública.
Al respecto, la diputada Paulina Muguira Marenco, autora de la iniciativa, precisó que internet ofrece acceso a páginas que pueden representar un daño a infantes o adolescentes que, por su edad, no tienen criterio para discernir sobre lo que aparece ante sus ojos en un monitor.
Por ello, agregó, exige mayor responsabilidad a padres, tutores y encargados de locales de renta de computadoras.
CÁRCEL PARA “CIBERCAFE” QUE DEJE VER PORNOGRAFÍA A MENORES
Veracruz el primer estado en tipificarlo como delito grave.
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