Un total de doce observaciones y modificaciones registró la iniciativa de Ley de Ingresos del Ayuntamiento de Campeche para el ejercicio fiscal 2019, pues la Comuna campechana pretendía con ello afectar la economía de los ciudadanos, al incrementar algunos cobros o bien establecer otros, como es determinar los exentos del impuesto predial, aplicar gravámenes en las donaciones de la Federación al Estado y Municipios, inhibiendo dichos beneficios, entre otros.
De acuerdo con la información obtenida, las modificaciones que los integrantes de las Comisiones de Puntos Constitucionales y Control Interno de Convencionalidad, de Finanzas y Hacienda Pública, de Control Presupuestal y Contable, y de Fortalecimiento Municipal realizaron, son las siguientes:
1.- Se eliminó y se adecuó lo contemplado en el párrafo dos de la tercera hoja de su Ley, referente al 5.0 por ciento y su base tributaria del 5.1 por ciento, ya que la adecuación es un aumento.
2.- Se modificó el artículo 7 de la Ley de Ingresos, eliminando la última parte sobre el 5.0 por ciento de la actualización. 3.- Se modificó el artículo 19 sobre los impuestos sobre espectáculos públicos, quitando los nuevos impuestos que menciona en su Tabla de Valores, y se vincula con lo ya establecidos en la Ley de Hacienda.
4.- Eliminaron la fracción II del artículo 21, ya que se obligaba a pagar predial a los que aún no tenían título de propiedad, un ejemplo son los predios irregulares. De haberse aprobado, es o sería ilegal y generación contribución en la aplicación de la ley. 5.- Se eliminó la fracción II y IV del artículo 22 ya que contempla figuras que no están consideradas en la Ley; por ejemplo, se pretendía que los comisarios sean obligados solidarios del pago de impuesto predial.
6.- Se modificó o eliminó la última parte del artículo 23 referente a multiplicar por el 5 por ciento el valor catastral o predial con la supuesta actualización o incremento. 7.- De igual manera se eliminó la última parte del primer párrafo del artículo 26 donde se limitaba la reducción del 50 por ciento del valor catastral a pensionados, jubilados, discapacitados, etcétera, que tengan 65 años o más, en los meses de enero o febrero del 2019.
En el punto 8, se modificó el párrafo dos del artículo 28, en que la Tesorería Municipal no es la facultada para determinar exentos del impuesto predial, ya que el artículo 32 de la Ley de Hacienda lo determina, evitando discrecionalidad. Punto 9, se modificó la Tabla de Valores Unitarios del artículo 31 para actualizar su valor catastral, ya que solicitaban hasta el 2.5 por ciento y una fórmula que hacia pagar más a los ciudadanos; conforme a la Ley debe ser el 2 por ciento, y eso se asentó y así evitar incrementos.
De igual manera, en el punto 10 se indica que se eliminó la fracción II el Artículo 32 donde se condicionaba el pago de impuestos a las donaciones de Federación, Estado y Municipio, esto generando inhibir los beneficios de la donación.
En el siguiente punto, el 11, se modificó y amplió el artículo 38 para que se adicione que las empresas que tributen en el municipio de Campeche, solo ellos, recibieran el beneficio del 50 por ciento de descuento; de esta manera se queda en el Municipio la economía de las empresas y no se va a otros Estados.
Finalmente, el punto 12, se estableció que en el tema de agua potable y el predial, como diputados no aprobaron incrementos, pero en su artículo 79, en referencia al articulo 60 de la Ley de Agua Potable y Alcantarillado del Estado, los municipios que tengan Junta de Gobierno, como Campeche, pueden comentar otra tarifa de agua a su discreción aprobada por ellos mismos.