La FGE da a conocer que las pruebas aportadas por el Fiscal fueron suficientes para que el Juez Cuarto del Ramo Penal dicte auto de formal prisión en contra de R.A.C.T., como probable responsable del delito de violación equiparada, ante la denuncia interpuesta por la progenitora de una menor de edad y asentada en el expediente CH/20/HKAN/2015.
Cabe señalar que, por tratarse de un delito grave, R.A.C.T. no alcanza la libertad bajo caución, por lo que se encuentra recluido en el Centro de Reinserción Social de San Francisco Kobén, sujeto a proceso.
La agraviada, quien cuenta con 14 años, señaló que conoció a R.A. en el mes de diciembre del 2014 y que al paso de los días lo siguió frecuentando en persona y por teléfono celular, hasta que después de tres semanas comenzó una relación sentimental con dicho sujeto.
Indicó que continuaron viéndose en un “ciber”, con el pretexto que la menor tenía que hacer tarea y cuando estaba de vacaciones a través del whatsapp, fue por ese medio que el inculpado le propuso tener relaciones sexuales, situación a la que al principio se negó, ya que tenía temor, pero ante la insistencia del acusado terminó por aceptar.
Fue así que el 13 de enero del presente año la pareja quedó de verse en el mercado de Hecelchakán para luego dirigirse a un terreno donde tuvieron relaciones sexuales.
El mismo día, la agraviada recibió un mensaje por whatsapp, donde R.A.C.T. le preguntaba cuándo podrían volver a tener relaciones, a lo que la menor le dijo que no sabía pues tenía miedo, sin embargo ya no se vieron en persona, pues fueron descubiertos por la mamá de la afectada.
Los hechos fueron denunciados por la progenitora de la afectada, quien encontró su teléfono celular y al leer los mensajes se enteró de lo sucedido, por lo que le preguntó a su hija si era verdad lo que leyó, aceptando la menor que había tenido relaciones sexuales con R.A.C. pero que no lo había vuelto a ver; por lo que la madre de la afectada decidió venir ante esta representación social a interponer formal denuncia.
En este sentido, el Ministerio Público se abocó a la integración del expediente, el cual fue consignado sin detenido al Juez que conoce la causa penal, que libró la orden de aprehensión en contra de R.A.C.T. mandamiento judicial al que se le dio cumplimiento.