Luego de señalar que el Partido Liberal Campechano (PLC), no ha perdido su registro como instituto político local, Mayra Bojórquez González, consejera presidenta del Instituto Electoral del Estado de Campeche (IEEC), indicó que lo aprobado por ese cuerpo colegiado en sesión extraordinaria, no es un resolutivo como tal, sino la respuesta a una consulta o cuestionamiento que hizo el Partido Acción Nacional a través de su representante propietario.
En entrevista al concluir la sesión extraordinaria, Bojórquez González indicó esa OPLE se rigió en estricto apego a la Ley, que en este caso señala los supuestos por los cuales se considera que el Partido Liberal Campechano puede continuar con registro vigente ante el Instituto, pues indicó no se trata de una impugnación sobre su registro.
Precisó que la Ley señala que para conservar el registro, un partido político debe alcanzar el 3 por ciento en alguna de las elecciones que se celebraron, ya sea Diputaciones, Ayuntamientos o Juntas Municipales, y el PLC alcanzó un 21 por ciento de la elección en un ayuntamiento y de más del 3 por ciento en cuatro Juntas Municipales, por lo que se considera que cumple con el requisito para continuar con registro vigente ante el IEEC.
A pregunta expresa, Bojórquez González puntualizó que aunque no obtuvo dicho porcentaje mínimo en el caso de las Diputaciones, en las otras dos, lo hizo y lo comparó con la legislación nacional, pues los Partidos pueden continuar con registro si tienen el 3 por ciento en la elección de Presidente, de Senadores o de Diputados, “no necesariamente en las tres”.
Apuntó que todos los partidos tienen el derecho de impugnar la consulta que emitió el IEEC, para que el Tribunal Electoral emita su criterio sobre esta situación en particular y están a la espera de que el Tribunal emita su criterio y se confirme o revoque esta determinación.
Señaló que en el caso del partido Nueva Alianza Campeche, están en espera de la resolución que emita la Sala Superior de Xalapa.
Bojórquez González indicó que a diferencia de los Tribunales, el Instituto no puede ser interpretativo, sino apegarse estrictamente a lo establecido en la ley, y ésta marca que puede conservar su registro si obtiene un porcentaje superior al mínimo establecido en cualquiera de las tres elecciones.
-En nuestro criterio es en cualquiera de las elecciones, porque la ley no habla de promedios, es un procedimiento que no está establecido en la Ley y por tanto nosotros no tenemos ninguna atribución legal como para realizar un procedimiento que no esté previamente establecido.
Por otra parte, sobre las prerrogativas que se entregaron en el mes de enero al partido Nueva Alianza Campeche en el mes de enero pasado, deberá rendir su informe de fiscalización ante el INE y añadió que si la Sala Xalapa confirma el resolutivo del Tribunal Electoral y no hay impugnación en la Sala Superior o si ésta también confirma el resolutivo, es entonces que se inicia el proceso de liquidación y solo hasta ese momento.