La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó rechazar el amparo promovido por el dueño de Grupo Salinas, Ricardo Salinas Pliego, por un adeudo fiscal derivado de deducciones presuntamente irregulares del Impuesto Sobre la Renta (ISR) del ejercicio fiscal 2006.
Esta determinación obliga a Ricardo Salinas a pagar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) la deuda de 2,636 millones de pesos.
Ante ello, el Grupo Salinas informó este martes que tiene derecho a discrepar sobre la postura de la autoridad tributaria y aseguró que los adeudos fiscales que se le imputan “son erróneos y excesivos”.
Asegura que en diversas ocasiones han demostrado que los cobros que se les imputan “son erróneos y excesivos”. “Recurriremos a múltiples instancias internacionales para que nuestra voz sea escuchada”, dijo Grupo Salinas.
Ayer martes, la jefa del SAT, Raquel Buenrostro ofreció una rueda de prensa en la que aseguró que a pesar de que Grupo Salinas recurra a organismos internacionales ante la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de negar el amparo sobre los pagos fiscales pendientes a Elektra, la materia fiscal no es materia de organismos internacionales, con lo que están a la espera de que la SCJN les notifique su resolución para realizar el cobro de impuestos pendiente.
La jefa del Servicio de Administración Tributaria informó que ningún instrumento legal que promueva Elektra suspenderá el cobro de impuestos fiscales, luego de que le fuera denegado un amparo por parte de la SCJN.
Dijo que “La materia fiscal no es materia de los tratados internacionales”, y señaló, no se puede ir a instancias internacionales de arbitraje, por ahí no va” y aseguró que no existe trato diferencial para Grupo Salinas y, en este caso, no es un asunto de derechos humanos sino de aspectos fiscales.
Declaró que hasta el momento el organismo no ha sido notificado por parte de la SCJN sobre la resolución contra el amparo de Elektra, con lo que se está a la espera para ejecutar el cobro pendiente.
La funcionaria dijo que cuando se tenga la notificación podrán decir a Elektra “perdiste el juicio, me debes tanto y tienes cinco días para decirme cómo y cuánto pagarás”.
“Si no contesta en esos días, el SAT puede considerar diversos métodos de cobranza, como incautación de bienes, pero creemos que esto no será necesario”, puntualizó.