A través de un acuerdo publicado este 29 de julio en el Diario Oficial de la Federación, se autorizó tomar al Covid-19 como riesgo de trabajo en afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social durante el período de la contingencia, al respecto el abogado Eduardo potenciano Pérez explicó que este decreto funciona como un seguro de empleo para los trabajadores.
Abundó que después del tercer día de incapacidad, el IMSS está obligado a pagar el salario con el que el patrón tenga registrado al trabajador, y se hará por los días que sean necesarios según vaya evolucionando de la enfermedad.
Agregó que en caso de que no se cumpla con esta disposición oficial, el trabajador podrá actuar legalmente en contra del IMSS presentando una denuncia ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje para hacer valer sus derechos. Al mismo tiempo dijo que esta medida representa un apoyo para los patrones que han hecho un esfuerzo por cumplir con el salario durante este tiempo de la pandemia.
Y es que en estas estrategias para prorrogar las prestaciones en especie y/o dinero a los asegurados con incapacidad temporal se aclara que si se hubiera agotado el término de la ley se deberá calificar en ausencia una recaída por riesgo de trabajo previa emisión por el médico tratante de una nueva incapacidad temporal.