“En caso de que esté incumpliendo, sí”, manifestó el consejero presidente del Instituto Electoral del Estado de Campeche, Antonio Sabido Góngora, a pregunta expresa de que si la alcaldesa de Campeche, Ana Martha Escalante Castillo, está obligada a retirar sus spots publicitarios donde se promociona como presidenta municipal.
Sin embargo, mencionó que hasta el momento no existe denuncian alguna donde se solicite invetsigar la violación al artículo 134 Constitucional, por parte de la munícipe, Ana Martha Escalante Castillo.
“En tanto no haya una denuncia formal, se cumpla con los requisitos que el Reglamento establece y se presenten las pruebas, el Instituto Electoral del Estado de Campeche no podrá analizar si los spots de la alcaldesa Ana Martha Escalante Castillo, violan el artículo 134 Constitucional”.
Entrevistado en sus oficinas, luego de escuchar los spots de la alcaldesa Escalante Castillo, mismos que dijo no conocer, Sabido Góngora dijo que para determinar si se viola dicho numeral de la Carta Magna, “primero tendríamos que analizar si efectivamente con esta grabación que me acaba de proporcionar para escuchar, haciendo un análisis concienzudo, si en verdad está violando el artículo 134, como menciona”.
-Habría que ver a fondo si esto está violentando el artículo 134 Constitucional. En caso de que así sea y que el IEEC tenga la injerencia para poder pues, sancionar a quién está cometiendo este ilícito, tendríamos que entrar a un estudio… Primero tendríamos que tener las pruebas, tendríamos que tener alguna denuncia, y luego de tener esto, lógicamente tendría que actuar el IEEC.
A insistencia, admitió que quien viole el artículo 134 Constitucional “tiene que ser sancionado de acuerdo a lo que establezca la ley”.