Mototaxistas de Escárcega no podrán ofrecer el servicio de transporte público sino cuentan con la concesión, así lo determinó el Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Campeche del Poder Judicial de la Federación, al negarles el amparo por contravenir disposiciones de orden público e interés social.
De acuerdo al documento que fue otorgado por el juzgado, el pasado 28 de enero, y del cual el Instituto Estatal del Transporte (IET) recibió notificación, se rechaza la petición del juicio de amparo contra actos del encargado del IET, las secretarías de Gobierno y de Seguridad Pública y Protección a la Comunidad; los trabajadores del IET, el comandante de Seguridad Pública y elementos policíacos de Escárcega, mismo que fue promovido por Manuel Hernández del Ángel y otros.
El documento señala de manera textual que “como lo refieren los quejosos en su demanda de garantías, se encuentran prestando un servicio público de transporte de pasajeros con unidades adaptadas sin concesión o permiso correspondiente, en términos de los artículos 16, 46 de la Ley de Transporte del Estado de Campeche, motivo por el cual fueron sancionados administrativamente retirando de la circulación tres vehículos, quedando a disposición del IET, según los folios de infracción 1899, 1895 y 1901”.
Pese a lo anterior, no se acreditan los extremos para decretar la suspensión definitiva solicitada.