El juicio de amparo promovido por maestros pertenecientes a la Sección 22, en contra de los efectos del decreto de creación del Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO) expedido el 20 de julio, al considerar que contraviene el interés social y el orden público del Estado, fue negado por la Juez Octavo de Distrito del Estado, Luz Idalia Osorio Rojas.
Los profesores solicitan la permanencia “en su centro de trabajo que actualmente tienen otorgado en sus respectivas órdenes de adscripción, hasta en tanto se resuelva la inconstitucional de los actos reclamados.
La Juez determinó que el Decreto que reforma el IEEPO, presentado por el Gobernador Gabino Cué, no constituye la violación al derecho, pues consiste en contribuir a mejorar la calidad de la educación, contra lo cual es improcedente la concesión de la medida cautelar solicitada, ya que de concederse dañaría el interés social.
Con base en el artículo 128 fracción II de la Ley de Amparo, establece que el Decreto no afecta el interés social ni contravienen disposiciones del orden público.
La Juez añadió que deconcederse la suspensión contravendría las disposiciones de orden público y se afectaría el interés social, pues la sociedad se halla interesada en que se garantice la calidad en la educación.
El juicio de amparo fue promovido por los profesores Pablo Manuel López Caballero, Víctor Raúl Vásquez Hernández, Rolando Louis Ramírez Azcoytia, Claudia Nathaly Valle Mena, Mayerling Sierra Pérez, Ana Isabel Gutiérrez Altamirano, Jorge Ismael Contreras Zavaleta y Alejandra López Jiménez.