El aislamiento en centros penitenciarios, es una práctica que, es utilizada de manera excesiva en cuanto a la aplicación de su duración, esto puede causar daños a la integridad física y psicológica de la población interna, señaló la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
De acuerdo con la recomendación general 22 –dirigida a los 32 mandatarios del país, a las secretarías de Gobernación y Defensa, y al titular de la Comisión Nacional de Seguridad–, debe homologarse la medida de aislamiento a estándares internacionales de derechos humanos y aplicarla “como internamiento cotidiano” a reos vinculados a delincuencia organizada y aquellos que requieran medidas especiales de seguridad.
La CNDH constató que en el último año la práctica de aislamiento como corrección disciplinaria o como medida de protección fue aplicada a 20 mil 774 internos.
En una revisión de los reglamentos internos de los penales en las entidades, el organismo identificó que el tiempo más corto de aislamiento es de cinco días en el Estado de México, Hidalgo, Morelos, Tabasco y Tamaulipas, mientras que el de mayor tiempo de encierro se registra en las cárceles de Colima, reglamento que está por encima de la ley.
En el caso de los cárceles femeniles, la CNDH encontró que en 66 centros se presentan irregularidades en la aplicación de correctivos disciplinarios; específicamente existen casos en los que las sanciones no son impuestas por la autoridad competente, sino por personal de seguridad y custodia, incluso por internas que conforman el autogobierno, y no se respeta el derecho de audiencia o no se notifica la sanción impuesta.