La Fiscalía General del Estado de Campeche (FGECAM) da a conocer que, mediante el procedimiento abreviado, el Juez de Control condenó a Pedro Celestino May Can a tres años de prisión y multa de 100 días de salario mínimo, así como la suspensión de sus derechos políticos por el tiempo que compurgue su condena, al encontrarlo plenamente culpable del delito de despojo.
De acuerdo al expediente C.I-2-2015-542, el viernes 22 del mes y año en curso, en la sala “Federación”, del Centro de Reinserción Social ubicado en el poblado de San Francisco Kobén, Campeche, se llevó a cabo dicha audiencia, donde el imputado admitió la responsabilidad por el delito de despojo, con la agravante de ser dirigente de invasión, y renunció a ser procesado por Juicio Oral.
De igual forma, realizó una disculpa pública por los hechos que motivaron este proceso, asimismo se comprometió a no volver a repetir los hechos por los cuales fue acusado, no molestar de ninguna forma física a los representantes de una empresa automotriz, ni mucho menos las propiedad de dicha empresa.
En este contexto, el Juez de Control dictó el fallo condenatorio a May Can, al considerarlo plenamente responsable del delito de despojo; sin embargo, el hoy sentenciado alcanzó el beneficio de condena condicional en libertad, por lo que ayer viernes abandonó el Centro de Reinserción Social de San Francisco Kobén.