Con el respaldo de una opinión técnica vertida, el Instituto Nacional de Pesca recomendó eliminar el período de veda del 15 de diciembre al 3 de enero de 2017 para la pesquería de las diferentes especies de mero en aguas del litoral peninsular, debido a que dicho período no corresponde al máximo desove.
Dichas modificaciones fueron emitidas para el establecimiento de la veda de todas las especies de mero en aguas de jurisdicción del Golfo de México, correspondiente al litoral de los estados de Campeche, Yucatán y Quintana Roo que desde hace 9 años se estableció para garantizar la pesquería en las tres entidades.
La medida, de acuerdo al Diario Oficial de la Federal (DOF), a través de la Norma Oficial Mexicana (NOM), se pretende regular el aprovechamiento sustentable de las especies de mero y las asociadas, en aguas de jurisdicción federal del litoral del Golfo de México.
Indicó que para ello se estableció el procedimiento para determinar las épocas y zonas de veda para la captura de las diferentes especies de flora y fauna acuáticas.
De esta manera, la Sagarpa a través de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, tiene la facultad de administrar y regular el uso, así como promover el aprovechamiento sustentable de los recursos de flora y fauna acuáticas, bajo el ordenamiento de las actividades de las personas que intervienen en ella.
Además de establecer las condiciones en que se deberán realizarse las operaciones pesqueras.
Recordó que las especies de escama marina han sido la principal alternativa de pesca de gran importancia para el litoral del Golfo de México y Mar Caribe y de manera histórica la producción de especies de meros que conforman esa pesquería en la Península de Yucatán que es dominada por el mero rojo.
De hecho, la región peninsular contribuye con el mayor volumen de captura de mero y en su pesquería participa una flota artesanal de ribera y de mediana altura, con diferentes características físicas.
Según el DOF, las especies de meros, en general, presentan abundancia y características biológicas específicas que convergen en su distribución en algunas zonas del Golfo de México y Mar Caribe, razón por la cual es necesario establecer medidas de manejo dinámicas que involucren a todas las especies capturadas, reconociendo sus características biológicas en las medidas de regulación para su aprovechamiento sustentable.
Por tal motivo, el Instituto Nacional de Pesca, mediante una opinión técnica vertida, recomendó eliminar el período del 15 de diciembre al 3 de enero de 2017, debido a que dicho período no corresponde al máximo desove.