El Congreso del Estado, el Poder Ejecutivo, así como el Tribunal y el Instituto Electoral del Estado de Campeche, ya fueron notificados de la impugnación que interpuso el partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena), para modificar cinco artículos de la Ley Electoral del Estado de Campeche y ya se dio contestación a los informes que solicitó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), aseguró Ramón González Flores, secretario general del Congreso del Estado.
Aclaró no se trata de un revocación a las modificaciones que se hicieran recientemente a la Ley Electoral de nuestra entidad, y explicó que el partido nacional Morena presentó ante la Suprema Corte de Justicia una acción de inconstitucionalidad contra cinco numerales específicos de los más de 700 de que consta la Ley Electoral del Estado de Campeche, de la Ley de Procedimientos Electorales “no sobre toda la Ley”,
De acuerdo con información obtenida, el primer concepto de invalidez se refiere a la reducción de hasta 30 días antes que inicie la precampaña, el plazo para que los partidos que integren coaliciones, presenten la solicitud de registro de los convenios de coalición.
El segundo, que los partidos políticos con registro, están obligados de abstenerse de cualquier expresión que implique diatriba, injuria, difamación o que denigre a ciudadanos, instituciones públicas o a otros partidos políticos o coaliciones y candidatos
Tercero, disponer del voto de calidad en caso de empate en las resoluciones de los Consejos Municipales electorales.
Cuarto, omite sancionar la entrega de cualquier material “que contenga propaganda política o electoral de partidos políticos, coaliciones candidatos o candidatas” en el que se oferten o entreguen beneficios.
Quinto, define la calumnia como la imputación de hechos o delitos falsos con impacto en un proceso electoral.
González Flores señaló ya fueron notificados y dieron contestación a los informe que solicita la Ministro Instructora de la Suprema Corte, Margarita Ruiz Farfán, además de presentar los alegatos correspondientes al tiempo que señaló el plazo para calificar vence antes del inicio del proceso electoral el primero de enero del 2021.