Con 17 votos a favor, dos en contra, una abstención, el Congreso del Estado de Colima aprobó reformas a la Constitución Política del Estado, mediante las cuales se establece la figura jurídica “de enlaces conyugales”, con lo cual las personas del mismo sexo podrán formalizar de manera legal, sus uniones.
El salón de Sesiones del Congreso local, se abarrotó, en su mayoría integrantes de la comunidad lésbico-gay y de la diversidad sexual.
Los diputados locales discutieron por espacio de dos horas la reforma al Artículo 147 de la Constitución Política del Estado. Y es que al avalarla, se establece la figura jurídica de los enlaces conyugales, para formalizar las uniones entre personas del mismo sexo, “quienes tendrán los mismos derechos y obligaciones con respecto a los contrayentes de matrimonio civil.
Con la reforma aprobada se acepta la existencia de dos tipos de relaciones conyugales: por una parte se encuentra el matrimonio, que se define como el acto celebrado entre un solo hombre y una sola mujer; mientras que por la otra están los enlaces conyugales, que son los que se celebran entre dos personas del mismo sexo.
El Artículo 147 define ahora como relaciones conyugales, matrimonio y enlace conyugal, como a las uniones que se establecen “por medio de un contrato civil celebrado entre dos personas, con la finalidad de formar una familia, establecer un hogar común, con voluntad de permanencia, para procurarse y ayudarse mutuamente en su vida”.
A partir de que se entregue la minuta correspondiente a los Ayuntamientos de Colima, correrá un plazo de 30 días para que los diez cabildos aprueben o no la reforma constitucional, a lo cual proseguirá, en caso de ser aprobada, realizar las reforma al Código Civil y al Código de Procedimientos Civiles.