El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche (IEEC), dio respuesta ya a la petición de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores (DERFE) respecto a la documentación solicitada para que esa instancia considere la inclusión de Calakmul como Municipio del Estado de Campeche en su Redistritación y la correspondiente Cartografía Electoral.
[wpdm_file id=11]El titular de la dependencia, Jesús Antonio Sabido Góngora entregó personalmente -el viernes 9 de Agosto, a las 15:25 horas- ante personal de guardia de la Oficialía de Partes de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Federal Electoral (IFE) el oficio y los correspondientes anexos que solicita se turnen a Leonardo Valdez Zurita, Consejero Presidente del IFE, así como copias de los mismos a los Consejeros Generales del Consejo General, al Secretario Ejecutivo, al Encargado del Despacho de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, al Coordinador de Operación en Campo, al Encargado de Despacho de la Secretaría Técnica Normativa, al Director de la Cartografía Electoral y al Vocal del Registro Federal de Electores de la Junta Local de Campeche, todos del Instituto Federal Electoral.
Los anexos entregados por el Consejero Presidente del IEEC con el oficio correspondiente son:
a) Copia Certificada del Periódico Oficial del Estado de Campeche de fecha martes 31 de diciembre de 1996, en donde se publica la creación del Municipio de Calakmul.
b) Copia certificada del Periódico Oficial del Estado de Campeche de fecha viernes 21 de febrero de 1997, en donde se publica la Fe de erratas del Periódico Oficial mencionado en el inciso a).
c) Copia simple de la Gaceta del Senado de la República de fecha 5 de febrero de 2013, en donde en su página 632 se publicó el Acuerdo de la Mesa Directiva para el resguardo de los documentos referentes a resolver controversias sobre límites territoriales considerándose como asuntos concluidos, y
d) Copia simple del Acuerdo de fecha 12 de junio de 2013, mediante el cual el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación informa la determinación que adoptó el Pleno en su sesión privada de fecha 3 de junio de 2013.
Con esta documentación anexa al oficio, el Consejero Presidente del IEEC, Jesús Antonio Sabido Góngora, considera “oportuno reiterar que el Instituto Electoral del Estado de Campeche no fue parte en ninguno de los expedientes aludidos y por ello no tiene la legitimación que exige la ley de la materia para solicitar información alguna en dichos asuntos -cuaderno de Antecedentes 9/97 y Expediente 2/2006; por tanto, se indica que los datos expuestos en el presente Oficio pueden ser corroborados en las páginas electrónicas donde fueron extraídos, tanto de la Suprema Corte de Justicia de la Nación como del Senado de la República”.
Y concluye, solicitando al Consejero Presidente del IFE:
– Se sirva instruir a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores para que, ya con los elementos requeridos, proceda al análisis técnico y jurídico a fin de aportar elementos suficientes para que el Consejo General del Instituto Federal Electoral determine la actualización de la cartografía electoral federal; y.
– Se sirva reconocer la existencia legal y formal del Undécimo Municipio del Estado de Campeche, el Municipio de Calakmul, en razón a todo lo expuesto (…).