La Auditoría Superior del Estado de Campeche no está obligada a dar información sobre los resultados del fincamiento de responsabilidades que se imponen a servidores públicos por las Cuentas Públicas calificadas, en tanto no termine el proceso, declaró Jorge Gasca Santos, comisionado presidente de la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Cotaipec).
Asimismo, se pronunció por que se hagan las reformas necesarias si es que se detecta que con la norma vigente, la ASE no provee de certeza a la ciudadanía, modificaciones que puntualizó son competencia única de los diputados locales.
En conferencia de prensa al concluir la sesión ordinaria, Gasca Santos respondió a los cuestionamientos de los medios de comunicación sobre la obligatoriedad o no de la Auditoría Superior del Estado de dar a conocer el estatutos de los fincamientos de responsablidades de las Cuentas Públicas del 2011 o años anteriores o si la información tiene el carácter de reservada.
De entrada, Gasca Santos puntualizó que el máximo órgano fiscalizador del estado no está obligado a dar a conocer avances o resultados, “hasta que no esté concluido el proceso en todas sus etapas”.
-La Ley prevé que la información puede ser reservada –agregó-. Debe estar concluido debidamente el proceso en todas sus etapas para que ya la información pública en caso de ser solicitada, pueda hacerse del conocimiento, tal y como ocurrió en esta ocasión, que una vez concluida la revisión que hace la ASE de las cuentas públicas de los entes públicos, incluso ya está publicada en el portal de internet de la misma dependencia –señaló en alusión al resolutivo aprobado en la sesión que se celebró momentos antes.
-Está previsto en la ley que hasta que no se cumplimenten debidamente los procesos, la información se encuentra reservada; lo que dure el análisis y estudio de la Auditoría.
La cuenta pública del 2011 ya se calificó ¿no debería ser pública?.
-Se supone que sí.
El presidente de la Junta de Gobierno del Congreso, indicó no hay plazos para que la ASE entregue cuentas ¿Se debe legislar en la materia?
-Sí, fundamentalmente, más que nada, si se ha detectado que pueden existir ahí algunos plazos que no están o que no proveen de certeza a la ciudadanía, a los medios o a quienes ustedes gusten, podría hacerse, podría valorarse legislar en la materia
¿Eso a criterio de legisladores, si se les ocurre, interesa o conviene?
-Hay distintas estrategias para poder legislar en la materia. Como ustedes saben la facultad primigenia de legislar recae en el Congreso del Estado pero ello no impide en un momento determinado, que se pueda convocar a foros de especialistas en la materia, a Colegios de Profesionales, académicos, con opiniones en reuniones de trabajo, foros… Dependerá de cada Legislatura la estrategia que sigue para poderse allegarse de elementos que nutran en un momento dado su propuesta legislativa.
La ASE no violenta la Ley de transparencia al no informar los resultados del fincamiento de responsabilidades de Cuentas Públicas ya calificadas?
-No. Hasta que no concluya el proceso no está obligado.
¿Podría precisar “hasta que ya concluya”?
-Incluye no solamente la presunción de que se ha cometido una irregularidad, sino también la etapa en la que el presunto inculpado o funcionario sujeto a investigación, incluso presente sus pruebas, los alegatos en su favor y no se determine una sentencia en firme sobre eso. Hasta ese momento el proceso no se puede considerar concluido debidamente –precisó.
Por qué es esto, porque muchas veces solemos, tenemos la costumbre de que a partir de una presunción de que se cometió algún ilícito o alguna irregularidad, se hacen juicios paralelos y esa persona automáticamente es culpable para la sociedad aún cuando no haya sido determinada –su responsabilidad-.
-Se le genera daño moral, un daño en su prestigio, en su imagen, en su dignidad inc luso porque se genera, y es prácticamente culpable hasta que se le demuestre lo contrario, contrariamente al principio de que es inocente hasta que…
¿Esto va en contra del plazo de servidor público para rendir cuentas, que es de cinco años?
-Eso lo determinan los órganos competentes. La Cotaipec no es el órgano competente para establecer plazos en el fincamiento de responsabilidades. En el de acceso a información si es competente pero está previsto lo que les he comentado –finalizó.