El pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó el dictamen de reformas a la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal a fin de obligar a todos los establecimientos de impacto zonal (todos aquellos que tiene como giro la venta de bebidas etílicas) a contar con un alcoholímetro con pantallas cuando menos de 19 centímetros y sistemas para transmitir mensajes respecto a las consecuencias de conducir en estado de ebriedad.
Los establecimientos de impacto zonal son bares, cantinas, discotecas, centros nocturnos, casinos, cabararets, antros, pulquerías, que de acuerdo con la reforma que entrará en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal, deberán contar a la entrada del establecimiento con un aparato medidor para realizar la prueba de detección de intoxicación o nivel de alcohol en aire aspirado.
Añade que este aparto deberá estar ubicado a la entrada del establecimiento mercantil y siempre a la vista del cliente que haya ingerido bebidas alcohólicas.
Como parte de los artículos que quedaron en reserva, el pleno aprobó, a propuesta de la diputada Ariadna Montiel, que los establecimientos tendrán 90 días, a partir de la publicación de la ley para colocar estos aparatos.