Con la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de prohibir la siembra del cultivo de soya transgénica a la empresa Monsanto, quienes quieran sembrar en la zona rural, modificando su desarrollo, tendrán que consultar a los habitantes de las comunidades indígenas sobre su viabilidad, manifestó Carlos Arjona Gutiérrez, Procurador Agrario en el Estado, quien indicó que los permisos que se otorgaron a la empresa Monsanto, violentaron el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
-Este convenio firmado por México, establece la obligatoriedad de consultar a todas aquellas comunidades de población indígena, cuando se trate de proyectos que puedan modificar la dinámica social y de vida en las mismas, en este caso de Yucatán y Campeche –comentó-. A partir de ahora, las empresas interesadas en sembrar en las zonas donde habita nuestra población indígena, tendrá que consultarles primero la viabilidad de su proyecto.
-En el caso de Monsanto, no se realizaron las consultas, y como puede observarse, no tomó en cuenta a las comunidades indígenas y lo que tenían que decir. Con su decisión, la Suprema Corte nos recuerda que se trata de un tema constitucional –enfatizó.
-Con la decisión del máximo cuerpo colegiado, se sienta un precedente porque hemos adoptado el carácter del convencionalismo, y por lo tanto, todo aquello que México ha firmado como país declarante, tratante de estos convenios internacionales, tiene que hacerse obligatorio.
Por último, comentó que al margen de la violación al convenio de la OIT, señaló hay indicios de que la soya necesita la aplicación de un fertilizante que se conoce como probable fomentador de cáncer en las personas.