Luego de ser discutida, la noche de este viernes, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo particular la reglamentación de la subcontratación, también llamada outsourcing.
Sin embargo, se estableció que ese tipo de trabajo “no podrá realizarse en las actividades sustantivas que constituyan el objeto principal de la empresa”, y “deberá justificarse por su carácter especializado que agregue un insumo adicional a los procesos de producción o de servicios”.
Entre las modificaciones, se encuentran que no podrá abarcar la totalidad de las actividades que se desarrollen en el centro de trabajo y no podrá comprender tareas iguales o similares a las que realizan el resto de los trabajadores al servicio del contratista, por lo que en caso de que se incurra en irregularidades, el beneficiario se considerará patrón para todos los efectos y consecuencias legales, incluyendo las obligaciones en materia de seguridad social.
Es un requisito además, que la empresa beneficiaria de los servicios se cerciore que la empresa contratista cumple con las disposiciones aplicables en materia de seguridad, salud y medio ambiente en el trabajo.