A fin de tipificar como delito “la conducta referida a la utilización de medios de comunicación telefónicos, radiofónicos, digitales y cualquier otro con el objetivo de dar a las autoridades un falso aviso, provocando el desplazamiento de personal de emergencia, protección civil, bomberos y demás elementos de las corporaciones de seguridad pública, distrayendo a los equipos de auxilio ante emergencias reales que pone en peligro la integridad de personas y bienes”, el diputado priísta José Bravo Negrín presentó este medio día al congreso del Estado, una iniciativa para adicionar un Capítulo IV “Uso Indebido de los Sistemas de Emergencia”, al Título Vígésimo Cuarto y un artículo 378 al Código Penal del Estado de Campeche.
Bravo Negrín presentó su propuesta en la máxima tribuna en la sesión de este jueves, durante el punto de asuntos generales, propuesta en cuya argumentación se señala que tan solo en el primer trimestre del 2014, el servicio de emergencias recibió 125 mil 66 llamadas falsas.
Indica también que según datos del Consejo de Seguridad Pública del Estado, 85 de cada cien llamadas que se reciben en el 066 son falsas. Agrega que ya se tomó con éxito una primera medida: bloquear los números reincidentes lo que ayudó a reducir en un 20 por ciento las llamadas falsas.
-Si permitimos que se sigan realizando llamadas falsas sin consecuencias, estaremos expuestos a que cada vez más disminuya la calidad y aumente el tiempo de atención y respuesta de llamadas de auxilio verdaderas.
-Es importante recalcar que, aunque muchas de estas llamadas son realizadas por niños y adolescentes, en otros casos, pueden ser hechas por profesionales de la delincuencia con el objetivo de que los cuerpos de emergencia se trasladen a algún lugar específico y así poder cometer ilícitos en otros sitios –indicó el legislador priista.
-Por lo tanto, atendiendo a un problema real y medible como el que hoy nos ocupa, es necesario imponer castigos que se reflejen en la disminución de esta demostrada condición que perjudica tanto a nuestras autoridades como a nuestros coterráneos.
-Al responsable de esta conducta se le impondrá de tres meses a un año de prisión y de diez a cincuenta días multa. En caso de reincidencia se impondrá de dos a tres años de prisión y de doscientos a quinientos días multa. Si por la comisión de este delito se provoca un accidente o algún daño, ya sea personal o material, se impondrá de tres a cinco años de prisión y quinientos a setecientos días multa –planteó.
La iniciativa se turnará a Comisiones para su estudio y análisis.