De manera unánime, los comisionados integrantes de la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Campeche (Cotaipec), aprobaron este día dos acuerdos y los proyectos de resolución de tres recursos de revisión que se interpusieron en contra de las secretarías de Educación y de Cultura, así como del Ayuntamiento de Escárcega, todos ellos a favor de los entes públicos.
En la sesión ordinaria de este día, presidida por Jorge Gasca Santos, los comisionados aprobaron dos acuerdos, el primero relativo al Programa Operativo Anual de la Comisión, para el presente ejercicio fiscal y, el segundo, el calendario de labores del presente año para el personal que ahí labora.
Posteriormente, cada uno de los tres comisionados, de viva voz o en audio, leyeron uno de los tres proyectos de resolución correspondiente a igual número de recursos.
El primero, relativo a un recurso en contra del Ayuntamiento de Escárcega, en el que el recurrente pidió copia certificada de las actas de Cabildo de las 27 sesiones ordinarias celebradas del 1º de octubre del 2012 a la fecha, así como el POA de obras del 2013 y sus costos, el avance financiero del primer semestre de la Cuenta Pública del 2013 y sus anexos , así como la lista de prestadores de servicios inscritos en el padrón municipal, entre otros, pues acusa falta de respuesta de la Comuna.
La respuesta de la comuna a la Comisión, asegura haber entregado la información solicitada e indica que por ser el 1º de noviembre del 2013 día inhábil, la fecha de vencimiento para dar respuesta se corrió al 8 del mismo mes y año, por lo que señala son falsos los agravios expuestos y envió copia de la documentación entregada.
Luego de analizar la documentación y la queja del recurrente, el pleno determinó se dé sobreseimiento al recurso, al haberse entregado la información solicitada.
El segundo recurso de revisión, en de la Secretaría de Cultura, en la que se pidió nombre de plaza, horario designado, registros de entrada y salida del 10 de enero al 21 de octubre del 2013 de tres servidores de esa dependencia. La respuesta del ente público señala que puso a disposición del recurrente para su consulta, 50 fojas útiles que contienen la información que solicitó. Por ello, se aprobó el sobreseimiento de este recurso de revisión.
El tercer y último recurso, en contra de la Secretaría de Educación del estado de Campeche, el recurrente solicitó los periodos lectivos en que cursó sus estudios de bachillerato general en el área económico administrativo, una persona señalada, en la escuela preparatoria estatal por cooperación “Dolores Lanz de Echeverría” del municipio de Hopelchén.
Se indica que el ente público negó el acceso a la información solicitada, por tratarse de información relacionada con datos personales de carácter académico “relativa a un tercero y que la hoy recurrente no acreditó contar con la autorización y consentimiento de manera expresa y por escrito del titular de los datos para su divulgación”, por lo cual dicha información se encuentra restringida en su modalidad de información confidencial.
Luego de analizar el recurso de revisión y la respuesta del ente público y la fundamentación en ambos caso, el resolutivo estima infundados los agravios hechos valer de la recurrente y confirmó la resolución administrativa que emitió la Secretaría de Educación del gobierno del Estado, lo que se aprobó de manera unánime.