La Fiscalía General del Estado impugnará, a través del recurso de revisión, el amparo que un Juez Federal concedió al ex servidor público E.I.G.L., quien enfrenta proceso por el delito de peculado desde el 22 de noviembre de 2016 y que con el resolutivo obtuvo libertad provisional.
En conferencia de prensa el Fiscal General del Estado, Dr. Juan Manuel Herrera Campos, informó ique en cumplimiento a la ejecutoria del Juicio de Amparo 497/2017-3-A, mediante audiencia pública, el Juez de Control modificó la medida cautelar de prisión preventiva a E.I.G.L., sustituyéndola por firmas periódicas cada 15 días y una garantía económica de 400 mil pesos, otorgándole al imputado un término de 20 días para cubrir el monto antes citado, por lo que obtuvo su libertad.
Añadió que este martes le fue notificado a E.I.G.L. el Juicio de Amparo 1844/2016, mediante el cual se concede de momento la protección de la justicia federal para que el Juez de Control revise y dicte una resolución por el delito de peculado, mismo que no ha quedado firme; a criterio del Juez de Distrito, hay algunas inconsistencias en el proceso.
El funcionario estatal dijo que la mañana de este martes, el ex servidor público abandonó el Centro de Reinserción Social de San Francisco Kobén, donde estuvo varios meses interno.
Herrera Campos, recordó que junto con otro ex servidor público, E.I.G.L. siendo presidente del Ayuntamiento del Carmen, desvió fondos del municipio por 462 mil 124 pesos con 12 centavos derivado de los empréstitos de $241 millones que le fue autorizado al Ayuntamiento y de cuya cantidad fue distraído el pago para la creación de un contrato y la creación de una cuenta fideicomiso, de la que traspasaron a la cuenta del gobierno municipal para el pago de una nómina personal, conceptos que no se encontraron establecidos ni autorizados como obras públicas mediante el cual se autoriza el empréstito en cuestión.
Cabe señalar que E.I.G.L., se encuentra vinculado a diversos procesos dentro de la Carpeta Judicial 265/16-2016-JC por el delito de peculado, por el que el Juez Primero de Distrito en el estado dictó el auto de vinculación, el cual se encuentra en revisión por parte de la defensa.