Para la alcaldesa de Campeche, Ana Martha Escalante Castillo, el que sus spots radiofónicos hagan alusión a ella como una “presidenta trabajadora” no significa que esté violando el artículo 134 constitucional, pese a que este artículo precisa que “ninguna propaganda debe incluir nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público”.
En entrevista a otros medios informativos, contradijo los señalamientos del Presidente de la Barra de Licenciados en Derecho, Humberto López López, argumentando que sus spots publicitarios en todo momento se apegan a derecho y que nunca hacen mención a su persona.
“Exactamente el 134 constitucional, lo estamos respetando, en ningún momento se habla de alguna persona, en ningún momento se menciona un nombre, son nada más acciones de una autoridad que es una obligación de las autoridades, de acuerdo al 134 constitucional, de informar a los ciudadanos qué obras, qué acciones y cómo se está invirtiendo el recurso”, indicó AME.
Cabe destacar que el artículo 134 precisa: “La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro dentro de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público”.