Al no obtener el tres por ciento de la Votación Válida Emitida en alguna de las elecciones en su conjunto de Diputaciones Locales, Ayuntamientos y Juntas Municipales, en el Proceso Electoral Estatal Ordinario 2017-2018, además de no cubrir otros requisitos, el otrora Partido Político Nacional “Encuentro Social”, no podrá constituirse como Partido Político Local.
Y es que durante la 5ª Sesión Extraordinaria, encabezada por la Consejera Presidenta, Mayra Fabiola Bojórquez González, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche (IEEC), aprobó el proyecto de resolución de la Comisión Examinadora para la Constitución y Registro de Partidos Políticos Locales, respecto de la solicitud de registro presentada por el otrora Partido Político Nacional “Encuentro Social” para constituirse como Partido Político Local, bajo la denominación de “Encuentro Social Campeche”.
Por lo anterior, luego del análisis correspondiente realizado por dicha Comisión Examinadora, se determinó la improcedencia de la solicitud de registro presentada por el otrora Partido Políticos Nacional “Encuentro Social”, para constituirse como Partido Político Local en el Estado de Campeche.
Asimismo, con la aprobación del proyecto de resolución, la Presidencia del Consejo General del Organismo Público Local, notificará mediante copia certificada expedida por la Secretaría Ejecutiva, al C. Rogelio Abraham Quijano García y al Lic. Berlín Rodríguez Soria, quienes se ostentaron como Presidente del Comité Directivo Estatal de Encuentro Social en el Estado de Campeche, así como Coordinador Jurídico del Comité Directivo Nacional del Partido Nacional denominado “Encuentro Social”, respectivamente.
De igual forma, se instruyó a la Secretaría Ejecutiva del Consejo General del Organismo Público Local, para que turne copia certificada del documento aprobado a la Comisión Examinadora para la Constitución y Registro de Partidos Políticos Locales en el Estado de Campeche, lo anterior para todos los efectos legales y administrativos a que haya lugar.
Aunado a lo anterior, se instruyó a la Comisión Examinadora para la Constitución y Registro de Partidos Políticos Locales en el Estado de Campeche, para que por conducto de la Unidad de Vinculación del IEEC, envíe por oficio, copia certificada de la resolución, expedida por la Secretaría Ejecutiva del Organismo Público Local, a la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales Electorales del Instituto Nacional Electoral (INE).
Para finalizar, se tiene por notificado a los demás Partidos Políticos, por conducto de sus representantes acreditados ante el Consejo General del IEEC, el presente acuerdo, los documentos relativos a la sesión y los que en su caso, se circulen previamente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 277, párrafo segundo, fracciones I y II de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Campeche (LIPEC).