La Cámara de Diputados aprobó por 389 votos a favor, 22 en contra y 10 abstenciones, ampliar a 12 meses el plazo con el que los elementos de las instituciones de seguridad pública contaban para obtener certificación de los centros de evaluación y control de confianza. Asimismo, se fija que de no cumplir este propósito en un año, a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, tales funcionarios serán removidos del Servicio.
La reforma al tercero transitorio de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Pública, también establece que el Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública deberá presentarse ante el Senado de la República para rendir informe de los avances del Programa de Evaluación y Certificación de los Integrantes de las Instituciones Públicas a los seis meses de la entrada en vigor de este decreto.
Previo a su discusión en el Pleno, el presidente de la Comisión de Seguridad Pública (encargada de elaborar el dictamen), José Guillermo Anaya Llamas (PAN), aclaró que la modificación a la norma viene a prolongar el tiempo que estados y municipios tenían para dar cumplimiento a la acreditación de sus corporaciones policiacas por parte del mencionado Programa de Evaluación, puesto que la reforma de diciembre de 2012 a este artículo, daba un plazo de diez meses para tales efectos, llegando a su fin este 29 de octubre.
Recordó que en una reunión de las comisiones de Seguridad Pública de la Cámara de Diputados y del Senado de República con la Conferencia Nacional de Gobernadores (Conago), los titulares del Ejecutivo estatal expusieron diversos argumentos del por qué hasta la fecha no han podido cumplir al 100 por ciento con esta obligación.
“Era urgente hacer el cambio, porque a finales de este mes todos los policías de nuestro país deberían estar acreditados por los centros de control de confianza; quienes hayan reprobado o no hayan tenido la oportunidad de presentar la acreditación, deberían ser tajantemente dados de baja”, sostuvo.
Explicó que la mayoría de las entidades federativas ha cumplido el 70 por ciento del mandato, mientras que otros el 90 por ciento. “Las razones de por qué no se ha logrado plenamente la certificación, tienen que ver con temas presupuestales y la constante capacitación de los nuevos elementos de seguridad, entre otros 15 argumentos que la Conago expuso en un documento”, apuntó.
Por otra parte, propuso una mesa de trabajo entre las Comisiones de Seguridad Pública de ambas cámaras, integrantes de la Conago y el Ejecutivo federal, para agilizar y dar solución a esta problemática, así como para hacer modificaciones pertinentes a las pruebas aplicadas a las corporaciones policiacas.
“La ley no contempla criterios entre los funcionarios de seguridad pública de alto rango y los que tienen menores responsabilidades, por lo que no se requiere la misma prueba de confianza. En las mesas de trabajo deberíamos analizar a profundidad si esto es lo mejor, o si en otros países se hace con diferenciación de rangos”, subrayó.
Asimismo, el dictamen, emanado de una minuta que el Senado envió a la Cámara de Diputados el pasado 18 de octubre para su estudio, adhiere los artículos 13 y 14 transitorios a la misma norma, para precisar que tanto el Gobierno federal y los estatales, deberán hacer las previsiones presupuestales necesarias para el cumplimiento del tercero transitorio.
Lo anterior para establecer una partida específica en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) para el siguiente ejercicio fiscal, a su entrada en vigor.
A respecto, los integrantes de la Comisión dictaminadora coincidieron en que “resulta extraño” que haya un subejercicio constante por parte de las entidades federativas en el recurso destinado para la evaluación y control de confianza que, según el Primer Informe de Gobierno, alcanzó un 88 por ciento al mes de junio, siendo que en 2012 fue de 33 por ciento.
Ante ello, es “imperioso revisar y verificar las partidas presupuestales relativas a los fondos y subsidios en materia de seguridad pública”, apuntan considerandos del dictamen.
“Es necesario que los Gobiernos estatales y municipales puedan contar con recursos suficientes, no sólo para los procesos de reclutamiento, formación, selección y evaluación de los integrantes de las instituciones de seguridad pública, sino también para la depuración de los recursos humanos que no acrediten los procesos establecidos en la legislación vigente, y proceder al pago de las obligaciones del orden laboral correspondientes”, concluye el documento.