El Tribunal Electoral del Estado de Campeche (TEEC), revocó este medio día el oficio que recibió del Instituto Electoral del Estado de Campeche (IEEC), pues considera no ser la autoridad competente para dar respuesta a la consulta jurídica que hiciera el actual presidente municipal de Candelaria, Salvador Farías Maldonado, para saber si un funcionario municipal debe renunciar a su cargo si piensa reelegirse.
Lo anterior durante la sesión pública, en la que el pleno de ese cuerpo colegiado encabezado por Carlos Huitz Gutiérrez, emitió la resolución correspondiente al expediente TEEC/JDC/04/18, formado con motivo del juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano Campechano, que promovió el alcalde de Candelaria, en contra del oficio suscrito por la presidenta del Instituto, en el que da respuesta a la pregunta jurídica de si los integrantes de los Ayuntamientos que están en funciones, deben separarse del cargo si buscan la reelección en el presente proceso electoral.
La sesión tuvo una duración no mayor a los diez minutos, tiempo suficiente.
El pleno indicó que su resolución es estrictamente formal: “Revocar el oficio controvertido por carecer de validez, al no ser un acto de autoridad competente, por lo que de ninguna manera puede considerarse como imperativo, coercitivo ni vinculatorio ya que en el mejor de los casos correspondería al Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche, emitir el Acuerdo que diera respuesta a los planteamientos realizados por la parte actora”.
Agrega que tiene “la facultad de atender lo relativo en la materia de Registro de Candidatos a cargos de elección popular, como se dispone en el artículo 278, fracciones XVII y XX de la Ley Electoral local”.