“Es el 20 de diciembre la fecha máxima para el pago de la prestación que es irrenunciable y que todos tienen derecho, no importa el tiempo que hayan trabajado, hay la responsabilidad de proporcionarles el aguinaldo que se les tiene que pagar al final de cuentas”, informó el titular de la Dirección de Trabajo y Previsión Social (DTPS), Román Rosas Quijano, quien agregó que los patrones pueden empezar apagarlo a partir del primer día de diciembre.
Recordó que hace un año, un 95 por ciento de patrones cumplieron con esta obligación, sin embargo, enfatizó que aunque sean sancionados por no pagar, están obligados a darles esta prestación a sus trabajadores.
“Les estamos dando los elementos para que ellos conozcan que no es una situación como el reparto de utilidades que muchas veces se confunden, que si no tuvo utilidades la empresa pues no pagan, pues no es así son cosas muy diferentes”.
Indicó que en el 2012, se firmaron dos convenios con empresas de seguridad que no contaban con el pago total por lo que lo hicieron en dos parcialidades.
Precisó que en la entidad, son un total de cinco mil empresas que han cumplido en tiempo y forma con el pago de esta prestación.