Considerando que el reparto de utilidades es un derecho de los trabajadores que establece el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el patrón que no cumpla se le sancionará de 250 veces ($16,190.00) a 5,000 veces ($323,800.00) de salario mínimo de Distrito Federal, de acuerdo al Artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo, advirtió la Delegada Federal del Trabajo, Rita Dolores del Río Ávila.
en un comunicado Del Río Ávila señaló que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), asesora y representa de manera gratuita a los trabajadores para que obtengan oportunamente el pago correspondiente al reparto de utilidades del ejercicio fiscal 2012.
El Reparto de Utilidades es el pago adicional al salario que deben realizar los patrones cuando han tenido ganancias en el año anterior, como una retribución al esfuerzo productivo de los trabajadores.
Es importante tomar en cuenta que: Las utilidades deben pagarse, antes del 30 de mayo, si el patrón es una persona moral, y antes del 30 de junio, si el patrón es una persona física; la cantidad a recibir depende del salario base y del número de días laborados por el trabajador en el año anterior.
El monto individual se calcula por una Comisión instalada en cada centro de trabajo, integrada por representantes de los trabajadores y del patrón, y el cobro de las utilidades prescribe en un año. La PROFEDET y la Secretaría del Trabajo, reiteran su compromiso para asesorar y representar a la clase trabajadora, ante cualquier conflicto laboral de carácter federal y de manera particular, estará atenta para resolver todas las dudas que tengan los trabajadores respecto a la participación de utilidades.
En caso de que las empresas no cumplan con el pago del reparto de utilidades, se cuantificará las sanciones tomando en cuenta: El carácter intencional o no de la acción u omisión; la gravedad de la infracción; los daños que se produjeron o pueden producirse; la capacidad económica del infractor, y la reincidencia del infractor.
También mencionó que para mayores informes pueden acudir a la Delegación o a las oficinas de la PROFEDET, en donde con gusto se les atenderá y dará mayor información del Reparto de Utilidades.