La Secretaría de Educación Pública dio a conocer el Calendario Escolar para el Ciclo Escolar 2013-2014 aplicable en toda la República para la Educación Preescolar, Primaria, Secundaria, Normal y para la formación de maestros de Educación Básica, como lo establece la Ley General de Educación en el Art. 12 fracción II.
El Calendario Escolar consta de 200 días de clase para los educandos como lo indica el Art. 51 de la misma Ley General de Educación y comenzará el 19 de agosto de 2013 y finalizarán el 15 de Julio de 2014.
La Secretaría de Educación Pública mencionó que ante los retos que implica atender y mejorar los resultados educativos en el país, se hace necesario revitalizar aquellas estrategias que han funcionado pero que, por la dinámica operativa administrativa que ha caracterizado al Sistema Educativo Nacional, no se fortalecieron o se dejaron en el olvido; en algunos manuales de organización de las entidades federativas se incluye al Consejo Técnico Escolar, en otros no. Con la publicación de este Calendario Escolar, hoy existe una norma nacional que lo establece para todo el país.
En este contexto, el Consejo Técnico Escolar representa una oportunidad para que el personal docente bajo el liderazgo del director y el acompañamiento cercano del supervisor, analice y acuerde en torno a los desafíos que le representan los resultados que obtienen los alumnos que asisten a la escuela.
De cara el inicio del ciclo escolar 2013-2014, es menester restituir los Consejos Técnicos Escolares para formalizar su organización y funcionamiento con el propósito de contar en todos los planteles de educación preescolar, primaria y secundaria con un órgano colegiado que, en corresponsabilidad con las autoridades educativas federales y estatales, vigile y asegure el cumplimiento de los principios y fines de la educación básica considerados en la normatividad nacional y estatal vigente.
La necesidad de contar con un órgano colegiado y profesional revitalizado para hacer frente a los retos educativos desde la propia escuela se establece en la actual Reforma Educativa, en el Artículo 3° Constitucional que adiciona, entre otros aspectos: “El Estado garantizará la calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos”.
La decisión de restituir plenamente los Consejos Técnicos Escolares, se fundamenta, asimismo, en la necesidad de ir preparando el terreno para la construcción de la autonomía escolar prevista en la fracción tercera del quinto artículo transitorio de la misma reforma.
Con esos elementos normativos y a partir de la actual visión de trabajo en educación básica, en donde la escuela se convierte en el centro de la tarea educativa, se hace necesario dar nueva vida a los Consejos Técnicos Escolares, porque es en este espacio donde el colectivo docente, a partir del trabajo colegiado, la autoevaluación escolar, la toma de decisiones compartida y el compromiso de mejorar la calidad de la enseñanza, tiene el poder de transformar los centros escolares y generar los aprendizajes pertinentes y relevantes en los estudiantes con concurrencia y corresponsabilidad de la supervisión escolar y de las autoridades estatales y federales.
En la educación secundaria seguirán llevándose a cabo las sesiones de la Academia, como ha sido usual, sin embargo tendrán que efectuarse también las reuniones de Consejo Técnico Escolar. Resulta de la mayor importancia que exista el trabajo colaborativo de los docentes de este nivel educativo para procurar el bienestar y el desarrollo pleno del conjunto de estudiantes.