Reformas de Calderón: Qué sí y qué no.
Por: La Redacción
Campeche.com.mx ha realizado un análisis para conocer de cerca cuales son las nuevas formas de participación que tiene los ciudadanos a partir de las nuevas reformas que se discuten en el país.
Por lo que respecta a las formas de participación ciudadana, encontramos primero a la iniciativa popular, la cual prevé la legitimación de los ciudadanos para poder promover leyes, siempre y cuando éstas cuenten con el respaldo de por lo menos el 0.25% del listado nominal de electores.
Siguiendo con la segunda figura de participación ciudadana, encontramos la consulta popular, como el medio más ejemplificativo de democracia, la cual consiste en que estarán legitimados para solicitar su trámite tanto el Ejecutivo, de la unión, cierto número de parlamentarios, así como los ciudadanos, requiriéndose de igual manera una cierta cantidad de ciudadanos que respalden su trámite. Destacar de este mecanismo que para que sea vinculante la pregunta a realizarse será sometida a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para efectos de garantizar la constitucionalidad de la misma y que a su vez no traiga una respuesta inducida, además de que solo será vinculante para los órganos estatales si supera el 45% más uno de los ciudadanos inscritos en el listado nominal de electores.
Por otra parte se estará cerrado a ciertos temas como la disminución o afectación de derechos humanos, reforma electoral, ingresos, fuerzas armadas.
Ahora bien dentro del proyecto de decreto de reforma política sobre los temas de participación ciudadana encontramos el que el principal hallazgo y contenido de todo esto, sobre todo en lo relativo a lo que habrá que legislarse en la ley secundaria al tener que normar un medio distinto al de los partidos políticos para presentarse como candidato a algún cargo de elección popular, como lo son, si todo sigue saliendo bien las candidaturas independientes.
El objetivo es abrir la participación de forma paralela a la de los partidos políticos, para que no sea ya el derecho exclusivo de estos como lo menciona el artículo 116 Constitucional por lo que correspondía a los Estados y el 218 del Cofipe en lo relativo a la presentación de candidatos a los puestos de elección popular.
Campeche.com.mx cree que por lo que respecta a esta figura novedosa de fortalecimiento de participación y representación democrática, así como de vanguardia y modernidad en cuanto a legislaciones latinoamericanas, ya que al respecto estamos algo atrasados, hará falta más tiempo y consenso para lograr definir en la legislación sustantiva lo relativo a cuantas firmas de ciudadanos habrán de respaldar las candidaturas independientes, la manera de financiarlas, el espacio en los tiempos del Estado, y demás.
Los partidos le dijeron que No al presidente en lo concerniente a Disminuir el número de diputados en el congreso, le dijeron que No a elevar el por ciento de votos necesarios para mantener sus registros y le dijeron que No a la reelección de alcaldes, dejando que los congresos locales así lo decidan.