De acuerdo con un estudio realizado por el Senado, el trabajo a distancia, también llamado “teletrabajo” en el cual, el empleado realiza actividades remuneradas fuera de la oficina, el comercio, o el centro laboral mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación, debe ser reglamentado por una ley.
El trabajo virtual se ha incrementado derivado de la emergencia sanitaria por la pandemia de Covid19 y ello no se puede soslayar, señala una investigación del Instituto Belisario Domínguez (IBD) de la Cámara de Senadores.
“El estudio se denomina “Iniciativas de reformas a la Ley Federal del Trabajo y a la Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado Reglamentaria del Apartado B) del artículo 123 Constitucional, en relación con el teletrabajo, presentadas en la LXIV Legislatura”, y fue elaborado por la investigadora Carla Angélica Gómez Macfarland.
El estudio señala que urge revisar la protección jurídica que tiene el trabajador que realiza sus actividades de manera remota, así como las obligaciones y derechos del patrón que lo contrata.
La mayoría de estas iniciativas proponen establecer los elementos que debe contener el convenio que se celebre entre los sujetos de la relación laboral a distancia.
En algunos casos se propone que los elementos sean las condiciones de servicio, medios tecnológicos y de ambiente requeridos, forma de ejecutar las actividades en tiempo y espacio, las responsabilidades de custodia de equipos, medidas de productividad y seguridad informática.
Otras iniciativas agregan que, en dicho convenio entre el patrón y el empleado para regular el teletrabajo, también se debe señalar lo relacionado a la jornada laboral en domicilio del teletrabajador y que, el convenio, debe ser revisado por la Inspección de Trabajo.