El presidente de la Comisión de Hacienda, el senador José Francisco Yunes, afirmó que dicha reforma busca “abatir el problema de excesos en el sobregiro de endeudamiento de las entidades federativas y los municipios”.
La reforma, que podría aprobarse el martes tras dos años de estancamiento legislativo, propone que el Congreso de la Unión fiscalice y regule los créditos contraídos por estados y municipios.
El presidente de la Comisión de Hacienda, el senador José Francisco Yunes, afirmó que dicha reforma busca “abatir el problema de excesos en el sobregiro de endeudamiento de las entidades federativas y los municipios”, así como “dar un paso significativo hacia la disciplina financiera de las finanzas subnacionales”
De aprobarse la reforma en el pleno, los legisladores federales tendrán la facultad de acceder a las finanzas de los estados, mediante una comisión bicameral que se enfocará en la situación de endeudamiento en que se encuentran las entidades y municipios, los cuales necesitarán de una garantía federal para contratar nuevos créditos.
El senador Alejandro Encinas señaló que la minuta recibida de la Cámara de Diputados prohíbe expresamente contratar préstamos para cubrir el gasto corriente de los gobiernos locales, lo que consideró “un avance importante, pues podrá sólo contratarse deuda para inversión productiva”.
La minuta que fue recibida el martes pasado en el pleno del Senado, no sufrió cambios en San Lázaro y coincide con el texto aprobado por la Cámara de Senadores el 15 de diciembre del 2014.
En esa fecha se incorporó al párrafo cuarto de la fracción VIII del artículo 73 constitucional, la cual permite la intervención del Congreso de la Unión en la estrategia de ajuste para fortalecer las finanzas públicas de los estados, para lo cual el gobierno federal debe realizar convenios con los gobiernos locales.
Esta legislación inició su proceso en 2013, en la Cámara de Diputados, la cual aprobó el mismo texto actual, con excepción del Artículo 73 de la Constitución.
Tras la aprobación de los cambios realizados por el Senado en diciembre pasado, la Cámara de Diputados decidió utilizar el mismo texto enviado por el Senado en una nueva iniciativa, para evitar las restricciones constitucionales sobre el número de ocasiones en que las cámara pueden intercambiar un mismo asunto.
La iniciativa de reforma abarca seis artículos constitucionales, con cuatro grandes elementos:
En primer lugar, el principio de estabilidad de las finanzas públicas en los tres órdenes de gobierno, vinculado al sistema de planeación democrática del desarrollo.
En segundo plano, una mejor estructura de las previsiones del congreso federal, para aprobar empréstitos de la federación, del DF o de los estados, incluida la previsión del control del Legislativo Federal para realizar observaciones en la solicitud de garantía federal por parte de estados y municipios para solicitar préstamos.
El tercer eje es el fortalecimiento de las previsiones de fiscalización sobre el endeudamiento público, particularmente cuando se otorgue la garantía federal a estados y municipios, para que en tales casos se fiscalice la aplicación y el destino de los recursos del empréstito.
Finalmente, previsiones más robustas en el artículo 117 constitucional, con respecto a la homologación de la normatividad aplicable en los estados, para la contratación de empréstito público, previsiones de características de la solicitud, mayoría calificada para su aprobación, prohibición de contratación de empréstitos para gasto corriente y la posibilidad de que las entidades también contraten empréstitos con propósitos de reestructurar o refinanciar deudas anteriormente contraídas.