Todos los servidores públicos de los tres órdenes de gobierno están obligados a conocer las modificaciones de la reforma constitucional en materia de derechos humanos, consideró el investigador del de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Autónoma de Campeche, Víctor Collí Ek.
Dijo que es importante incorporarlos al enfoque de derechos humanos como un eje rector de la política pública.
Mencionó que precisamente impartió el tema “Desenvolvimientos actuales de los derechos de las personas con discapacidad”, dirigido a los servidores públicos.
Resaltó que con la reforma constitucional en materia de derechos humanos de 2011, se modificó la forma de ver la actuación del Estado, por lo que obliga a los servidores públicos federales, estatales y municipales a conocer estas modificaciones para proteger los derechos de las personas.
Aseguró que en nuestro país ha habido una revolución importante en los derechos desde el 2011 a la fecha, sobre todo de la reforma de los derechos humanos emitida el 10 de junio del 2011.
“Esta imprime una serie de nuevos derechos en nuestro país; ahí está el tema de la educación, la reforma constitucional marca en el artículo 3 a que todo lo que tenga que ver con educación tiene que estar ahora íntimamente ligado con el tema de derechos humanos”, indicó.
En ese sentido, calificó de importante que los funcionarios públicos de todos los niveles conozcan el ordenamiento jurídico actual y las responsabilidades administrativas, ya que la violación a los derechos humanos también puede darse por omisión en las funciones.
“Esto se revoluciona más porque si observamos por ejemplo, hace un par de meses uno de los acontecimientos más recientes en materia internacional de derecho a la discriminación, es un comentario general del Comité de las Nacionales Unidas para las personas con discapacidad, en el que se emitió un comentario especifico de la discapacidad y el respeto del derecho a la discapacidad dentro del ámbito educativo”, expuso.
Agregó que ese compromiso mexicano con la educación ahora se hace más enfático porque hay un organismo especializado que está avalado.
“En total fueron 11 artículos los que se reformaron, destacando el artículo 29, que estableció dos cosas trascendentes, porque si hay algo que es contrario al goce de los derechos humanos es este fenómeno llamado de suspensión de derechos humanos, es decir, cuando un país determina que por alguna circunstancia critica para el respeto de la civilidad, se tiene que suspender los derechos para poder atacar el problema de manera frontal”, concluyó.