“Si las contralorías no tenemos facultades para atender irregularidades, entonces los ciudadanos estamos indefensos y esto es algo todavía más preocupante. El caso del ex Presidente Municipal Rosado Ruelas no se revisó a fondo, la síntesis de la resolución es que no tenemos facultades para sancionar hechos probados, lo que al final del día lastima a los ciudadanos”, señaló la Contralora Municipal Paula Eugenia Flores Alcalá.
La Sala Administrativa del Tribunal Superior de Justicia, notificó al Ayuntamiento de Campeche la sentencia dictada en el Juicio Contencioso Administrativo promovido por el C. Carlos Ernesto Rosado Ruelas en contra de la Resolución de la Contraloría Municipal, de fecha 18 de junio de 2013 por la que se inhabilitó al demandante para el desempeño del cargo público por el término de un año.
El criterio de la Sala Administrativa fue que la contraloría municipal no es competente para recibir, conocer, investigar, resolver quejas y denuncias por conductas omisivas en los procesos de entrega-recepción imputables a ex funcionarios.
Por lo que la contralora municipal, Paula Eugenia Flores Alcalá a nombre del Gobierno Municipal considera que la Sala no entró al estudio del fondo del asunto, por tratarse, según su criterio, de un problema competencial.
Puntualizó que el Ayuntamiento considera que el criterio jurisdiccional de alguna manera anula las facultades de las contralorías y las haría inoperantes e inútiles por lo que carecen de competencia para investigar y en su caso imponer las sanciones previstas en la ley a funcionarios a los que se prueben irregularidades administrativas.
“Aquí hay que señalar que la Contraloría Municipal no aplicó sanciones a un Presidente Municipal en ejercicio, por lo tanto no se trata de un juicio político de un funcionario que sólo puede resolver el H. Congreso del Estado como se sugiere en el fallo, sino de un ciudadano que fue presidente municipal y hoy su carácter es de un ciudadano como todos y de un ex funcionario”, indicó.
También dijo es cierto que tal como se indica en la sentencia no se atiende el fondo del asunto, por considerar que es un problema competencial, lo que claramente indica que el fallo no exonera al ex funcionario, sino que nos dice que “no tenemos capacidad como Contraloría” para consignar hechos que están probados.
Flores Alcalá remarcó que sin pensar en polémicas, lo que importa es verdaderamente que se tengan que atender las irregularidades administrativas. “Aquí la duda que nos dejan es para que servimos las contralorías, pero sobretodo que nos amarren las manos para darle respuesta a los ciudadanos, ya que con esto parece que no hay forma de sancionar irregularidades administrativas probadas”.
Y las pruebas están y se presentaron. Precisamente en el Acta Administrativa de Entrega-Recepción que firmara y consignara la titular de la administración pasada Lic. Beatriz Selem Trueba, y me permito citarla “…como presidente del H. Ayuntamiento del Municipio de Campeche, a la fecha de conclusión del encargo administrativo el 30 de septiembre del año 2012, no se llevó a cabo y mucho menos se formalizó la ENTREGA-RECEPCIÓN del presidente saliente de conformidad Ley que establece las bases para entrega-recepción del despacho de los titulares y otros servidores de las dependencias y entidades de la administración pública estatal y municipal”.
Lo anterior ratifica los hechos y ante la falta de evidencia de lo contrario, por ética y por ley se tiene que dar trámite a esta irregularidad administrativa, no haberlo hecho, hubiera significado que esta administración hubiera incurrido también en una falta administrativa.
“En lo personal considero que es un duro golpe contra los órganos de control interno, es una decisión que lastima la tarea de buscar orden administrativo y de que los ciudadanos tengan claro que hay que vigilar los actos de los funcionarios y exfuncionarios en Campeche”, finalizó.
Como Municipio ratificamos que siempre se actuará conforme al Estado de Derecho. El Ayuntamiento de Campeche respeta el criterio del órgano jurisdiccional, pero no lo comparte.