Al asegurar que carece de interés legítimo, un juez del Juzgado Decimosexto en Materia Administrativa en el Distrito Federal declaró improcedente el amparo indirecto 1852/2014 promovido por los senadores Manuel Bartlett Díaz, Layda Sansores San Román y David Monreal Ávila, en contra de la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos.
A través de un comunicado, el Poder Judicial de la Federación detalló que la autoridad estimó actualizada de manera indudable y manifiesta la causa de improcedencia contenida en el artículo 61, fracción XII de la Ley de Amparo, pues “los quejosos carecen de interés legítimo para controvertir los artículos reclamados, en la medida que su interés es el mismo que el de cualquier gobernado, es decir, carecen de un interés cualificado dado que su situación particular no es especial o distinta al del resto de los ciudadanos, por lo que no se afecta de manera alguna su esfera jurídica”.
El documento argumenta que la decisión del Juzgado se debe a que “la legislación reclamada tiene por objeto la protección de las personas, el medio ambiente y las instalaciones del sector hidrocarburos, tiende a dotar de eficacia a las directrices marcadas de manera destacada en la reciente reforma energética del país, por virtud de la cual se modificaron diversos preceptos constitucionales, con lo que el Poder Constituyente, evidentemente busca la explotación óptima de los recursos del Estado, lo cual responde a intereses superiores de carácter público”.