Esta información fue presentada por el Procurador, Renato Sales Heredia a las 12:00 p.m. este 13 de febrero.
INVESTIGACIÓN:
Como se recordará el 27 de enero del presente año, a las 16:46 horas, ante el Agente del Ministerio Público en turno compareció la C. Alejandra del Jesús Cervantes Romero quien manifestó el extravío de su hijo adolescente Samuel Alejandro Macgregor Cervantes, de 16 años de edad, quien saliera de su domicilio ubicado en el fraccionamiento Quinta Hermosa de esta ciudad capital, el día anterior, 26 de enero del presente año, a las 16:00 horas, en compañía de una persona del sexo femenino y hasta el momento del presentarse ante esta instancia (Ministerio Público), no había retornado a su hogar.
En este sentido la Procuraduría General de Justicia, a través del área de Comunicación Social, para difundió la imagen y señas particulares del joven Samuel Alejandro Macgregor Cervantes, solicitando el apoyo de la ciudadanía y de inmediato se puso en conocimiento de éste extravío a la Fiscalía Especializada en la Búsqueda y Localización de Personas Desaparecidas y Extraviadas para realizar las diligencias necesarias que dieran como resultado conocer el paradero del joven.
Es así que con el auxilio de los Agentes de la Policía Ministerial del Estado adscritos a dicha Fiscalía, se obtuvieron los datos relativos a los momentos previos al extravío del adolescente, investigándose que había participado en un juego de Voleibol en las canchas de la Universidad Autónoma de Campeche y que a las 21:30 horas de ese día (26 de enero), había salido de ese lugar en compañía de Jouseff Francisco Aguilar López y Edward Daniel Gala Te, ambos conocidos del adolescente.
Asimismo que a las puertas de ese campo, arribó por ellos un vehículo de la marca Ford, línea K, de color azul y que era conducido por Miguel Ángel Ortega Pool, desconocido de Samuel Alejandro, pero amigo de Josueff y Edward, abordando todos el automóvil en cuestión.
En este sentido el Fiscal logró obtener la declaración de las personas ya referidas, mismos que corroboraron haber estado con el adolescente Samuel Alejandro Macgregor Cervante, el 26 de enero del año en curso y que efectivamente a bordo del vehículo Ford K, lo habían trasladado para acercarlo a su domicilio en razón de la hora.
Sin embargo, en sus declaraciones rendidas por separados se observaron contradicciones que llamaron la atención de los investigadores, pues mientras Miguel Ángel Ortega Pool, refiere que pasó por la Universidad Autónoma de Campeche y se encontró a estas personas por casualidad y los abordó en el siguiente orden: Josueff Francisco en el asiento delantero derecho (posición copiloto); y en la parte trasera abordaron el adolescente Samuel Alejandro Macgregor Cervantes y Edward Gala Te, en dicho vehículo se trasladaron hasta la gasolinera que está en la unidad habitacional Presidentes de México, pues se estaba quedando sin combustible y es en dicha estación de servicio donde se bajan los tres.
Por su parte, Jouseff Francisco Aguilar López, refirió al Fiscal que previo acuerdo le había hecho una llamada telefónica a Miguel Ángel Ortega Pool para que los pasara a buscar la Universidad; que al estar en la puerta de la Universidad en compañía de Samuel, arribó Miguel Ángel Ortega Pool, que eran aproximadamente las 21:20 horas y que abordaron el vehículo, quedando sentados el propio Jouseff en el asiento trasero izquierdo, Edward Gala Te en el asiento trasero derecho y el adolescente Samuel Alejandro se sentó en el asiento trasero en medio de ambos y en el asiento delantero izquierdo nadie abordó pues el seguro de la puerta de ese costado estaba descompuesto.
Continúo diciendo que volante iba Miguel Ángel Ortega Pool quien circuló por la avenida Universidad alcanzando la avenida López Mateos, siguiendo por la avenida Gobernadores, hasta llegar a la unidad habitacional Plan Chac, a un parque que se encuentra a un costado de la gasolinera de la unidad habitacional Presidentes de México bajando del vehículo, para continuar los tres que viajaron en el asiento trasero caminando con dirección a una iglesia, separándose del adolescente en una caseta donde se ubica un checados de microbuses urbanos.
En tanto que Edward Daniel Gala Te, refiere que salen del campo deportivo, pero que al entrar al vehículo como se encontraba dañado el seguro de la portezuela del lado del copiloto; que Jouseff Francisco, es el primero en introducirse en el asiento trasero, después Samuel que queda en medio y Edward se queda en el costado derecho, que en el trayecto iban jugando luchas ellos tres, que bajaron en la gasolinera de Presidentes de México, de ahí se encaminan hacia la iglesia en donde despidieron a Samuel.
Las investigaciones realizadas por el Fiscal y la Policía Ministerial condujeron a seguir las probables rutas, es así como notaron que en la gasolinera que refieren estas personas, había equipo de videovigilancia, el Fiscal obtuvo la filmación del día 26 de enero, con detalles suficientes entre las horas referidas, el análisis del video dio como resultado demostrar que el vehículo Ford K, de color azul, así como Miguel Ángel Ortega Pool, Jouseff Francisco Aguilar López, Edward Gala Te y Samuel Alejandro Macgregor Cervantes, no estuvieron en la gasolinera de Presidentes de México, ni en sus inmediaciones el día que estos refieren, por lo que sus declaraciones se encontraban faltas de veracidad.
Derivado de las contradicciones, así como de documentales exhibidas de cuentas de redes sociales aportadas en las indagatorias, el Fiscal solicita a la Policía Ministerial la presentación de estas personas (Miguel Ángel Ortega Pool, Jouseff Francisco Aguilar López y Edward Gala Te), lográndose de esta forma la de Miguel Ángel Ortega Pool quien interrogado por el Fiscal y ante las inconsistencias que se le demostraron aceptó en presencia de su defensor en declaración libre, sin coacción, ni violencia, y observando las formalidades legales que el cadáver de Samuel, se encontraba en un banco de Sascab, ubicado en la avenida Ramón Espínola Blanco, del fraccionamiento Siglo XXIII, cerca de la carretera federal, dando datos de la ubicación.
Ante ello, el Fiscal declinó la competencia del asunto para seguir conociendo a favor del Agente del Ministerio Público Especializado en Delitos Graves quien de inmediato en compañía de un equipo multidisciplinario se trasladó a inspeccionar el lugar referido por Miguel Ángel Ortega Pool, dando como resultado el hallazgo del cuerpo del sexo masculino que correspondía con sus vestimentas al que hasta entonces se encontraba en calidad de extraviado Samuel Alejandro Macgregor Cervantes, el cual presentaba signos de evidente violencia.
En su misma declaración Miguel Ángel Ortega Pool, admitió su participación en el homicidio, detallando la coparticipación de Jouseff Francisco y Edward Daniel Gala Te, en la que afirmó que hubo una reflexión y concierto previo para privar de la vida al joven Samuel Alejandro Macgregor Cervantes y el plan preestablecido que ante la menor sospecha de que la policía intentara detenerlos se irían del Estado, por lo que se deberían estar en comunicación constante.
Ante el riesgo y temor fundado de lo anterior el Agente del Ministerio Público Especializado en Delitos Graves de conformidad con lo que establece el artículo 16 Constitucional, acuerda y gira una orden de detención ministerial por causa urgente en contra de Jouseff Francisco Aguilar López, Edward Daniel Gala Te y Miguel Ángel Ortega Pool.
La Policía Ministerial cumplimiento el mandato quedando a disposición los tres imputados en la Averiguación Previa CAP/751/9na./2013, por el delito de homicidio calificado.
Dentro del término de integración del expediente se recepcionaron las declaraciones de los imputados quienes con todas las formalidades legales guardadas aceptaron su participación en los hechos en que privaron de la vida a Samuel Alejandro Macgregor Cervantes, señalando por separado la forma en que fue planeado y ejecutado este hecho.
Refiriendo que el 26 de enero del año en curso, tal y como estaba previamente concedió en el plan de los autores, Jouseff Francisco Aguilar López y Edward Daniel Gala Te, acudieron al campo de la Universidad donde sabían que ese día participaría en un encuentra Samuel Alejandro Macgregor Cervantes, esperando que culminara el evento deportivo, se le acercaron al joven (Samuel) conocido con ellos y se ofrecieron a llevarlo a su domicilio pues un amigo pasaría a buscarlos.
Es así como arribó Miguel Ángel Ortega Pool a bordo del vehículo de la marca Ford, tipo K y placas de circulación DGV-3185 particulares del Estado de Campeche, abordando el automóvil que era conducido por el último de los citados (Miguel Ángel Ortega Pool), subiéndose en primer término Edward Daniel Gala Te, tomando la posición del asiento trasero derecho, seguidamente Samuel Alejandro Macgregor Cervantes, tomando la posición del asiento trasero parte media y Jouseff Francisco Aguilar López, tomando la posición del asiento trasero izquierdo, posteriormente tomaron la avenida López Portillo con dirección al Aeropuerto para doblar hacia la avenida Héroe de Nacozari con dirección al entronque carretero de Chiná, Campeche; comenzando a ejercer violencia sobre el joven con golpes, saliendo a la carretera federal con dirección hacia Siglo XXIII.
Abundaron que en el trayecto se manifiesta su sometimiento al joven Samuel Alejandro, con opresión en el cuello por el antebrazo de uno de los agresores y sometido le sujetan las manos con cinchos de plástico de color blanco y con una jeringa le inyectan aire en el cuello pues creían que le provocarían un paro cardiaco por el aire, doblando entonces el automóvil por la avenida Ramón Espínola Blanco, avanzando aproximadamente 800 metros, donde el conductor detuvo la marcha introduciéndose a la entrada de un banco de Sascab y entre todos bajaron al joven.
El conductor se queda aparentando que el vehículo se había descompuesto en ese lugar, por lo que introducen al joven aproximadamente 150 metros en la cima de dicho banco de sascab, donde los imputados con un agente vulnerante punzocortante le produjeron lesiones en el cuello para de inmediato agredirlo con agentes vulnerantes contundentes hasta cerciorase de haber privado de la vida a Samuel Alejandro Macgregor Cervantes, trasladando su cuerpo 15 metros adelante, depositándolo en una pendiente descendiente al monte, cubriendo sus agresores el cuerpo con ramas del lugar, lo que se corrobora con la necropsia y diligencias periciales practicadas.
Entre los diferentes datos de pruebas se encontró lo siguiente: se recuperaron las ropas que llevaban Jouseff Francisco Aguilar López, el día de los hechos, un cuchillo empleado como agente vulnerante punzocortante al cual pericialmente fue detectado presencia de sangre de origen humano, así como los zapatos tenis de color negro de la marca “Cobra” del propio Jouseff Francisco Aguilar López, los cuales cuentan con rastros hemáticos de origen humano, camisa y pantalón con presencia de rastros hemáticos, en el vehículo que conducía Miguel Ángel Ortega Pool, se aseguró un cincho de plástico de color blanco, el cual corresponde en forma y dimensión con el que se encontrara en la muñeca izquierda del cadáver de Samuel Alejandro Macgregor Cervantes.
Todo lo anterior condujo al Ministerio Público Especializado en Delitos Graves, a consignar ante el Juez Cuarto del Ramo Penal Jouseff Francisco Aguilar López, Edward Daniel Gala Te y Miguel Ángel Ortega Pool, por su coautoría en el delito de Homicidio calificado y delitos en materia de inhumación y exhumación de cadáveres en agravio del adolescente Samuel Alejandro Macgregor Cervantes, al haberse acreditado la reflexión previa, el codominio del hecho y el aporte sustancial de cada uno de ellos en los referidos ilícitos.
Finalmente Edward Daniel Gala Te, al momento de rendir su declaración preparatoria ante el Juez de la causa, ratificó su declaración ministerial y ubicó en tiempo, modo, lugar y circunstancias a los otros participes, por lo que ante la legalidad de su detención calificada por el Juez Penal y las pruebas aportadas, se determinó dictar auto de formal prisión en contra de los imputados para ser procesados por los delitos aquí referidos.