La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó el acuerdo mediante el cual el ministro instructor desechó una controversia constitucional promovida por el municipio de Calakmul, Campeche, por límites territoriales municipales.
De acuerdo a un comunicado, lo anterior será hasta que el Senado de la República resuelva en definitiva el conflicto de éstos entre el Estado de Campeche y Quintana Roo.
En dicha controversia se solicitó la declaración de invalidez del decreto expedido por el Congreso del Estado de Quintana Roo, a través del cual se creó el municipio de Bacalar, en atención a que la extensión territorial que le fue asignada abarca una parte de la zona en la cual, según el Municipio de Calakmul, ejerce su jurisdicción.
Asimismo, el cobro de créditos fiscales locales realizados y que realizará tanto el Municipio de Othon P. Blanco como el Consejo Municipal de Bacalar en diversas comunidades, argumentando pertenecer a sus jurisdicción.
Por su parte, el ministro instructor señaló que no puede ser materia de una controversia constitucional la impugnación que se hace de los decretos relativos a la creación y límites del municipio de Bacalar, por estar inmersa en un conflicto de límites territoriales entre entidades federativas de la competencia del Senado de la República.
Además, porque la materia de impugnación del cobro de los créditos fiscales locales en diversas comunidades que asegura pertenece a su jurisdicción, también subyace necesariamente en un conflicto de límites territoriales.
Finalmente, la SCJN argumentó que son infundados los agravios hechos por el municipio Calakmul, toda vez que la solicitud de declaración de invalidez de los actos de cobro de créditos fiscales a la población en un espacio territorial que aduce le pertenece implicaría un reconocimiento sobre la competencia territorial de alguno de los municipios involucrados.